Descripción:
1. Conductores de cobre electrolítico recocido, suave, flexible y cableado (Clase 2).
2. Aislamiento termoestable de polietileno reticulado XLPE de color negro con numeración correlativa para identificación.
3. Los conductores aislados reunidos entre si llevan una cinta Mylar lisa.
4 Cubierta interna con aislamiento termoplástico Cloruro de
Polivinilo (PVC).
5 Pantalla electrostática de malla de cobre tejida con una resistencia eléctrica menor a 2Ω
6 Cubierta exterior de PVC.
Presentación | 12 x 1.5 MM2, 12 x 2.5 MM2, 12 x 4 MM2, 19 x 1.5 MM2, 19 x 2.5 MM2, 19 x 4 MM2, 2 x 1.5 MM2, 2 x 10 MM2, 2 x 16 MM2, 2 x 2.5 MM2, 2 x 25 MM2, 2 x 6 MM2, 25 x 2.5 MM2, 2×4 MM2, 3 x 1.5 MM2, 3 x 2.5 MM2, 3 x 4 MM2, 4 x 10 MM2, 4 x 2.5 MM2, 4 x 4 MM2, 4 x 6 MM2, 50 x 2.5 MM2, 7 x 2.5 MM2, 7 x 4 MM2, 4 x 1.5 mm2, 7 x 1.5 MM2 |
---|
Propiedades:
Retardante a la llama, mínimas pérdidas dieléctricas, alta resistencia de aislamiento, resistente a la humedad, adecuada resistencia a las grasas, aceites y a la abrasión; de fácil instalación, excelente blindaje a sub y sobre tensiones.
Aplicaciones:
En plantas industriales, subestaciones o centrales eléctricas en las cuales exista mucho ruido eléctrico o transitorios, para sistemas de control, medición o señalización. Pueden ser instalados al aire en ductos o directamente enterrados.
(*) Consideraciones Ambientales para los componentes del conductor eléctrico
Estimado usuario, lamentamos que haya tenido una mala experiencia, nuestra intención es siempre solucionar lo antes posible su caso. Por ello, le pedimos que antes de llenar el libro de reclamaciones se contacte con el asesor que lo atendió, si no cuenta con uno, puede escribir directamente al ventas@elcope.com.pe para ser atendido inmediatamente.
Si desea continuar, le dejamos el formulario que debe completar. Le informamos algunos datos legales de importancia:
• Al enviar el formulario acepta, que el contenido del presente, manifiesta bajo Declaración Jurada, la veracidad de los hechos descritos.
• El proveedor deberá dar respuesta al reclamo en un plazo no mayor a quince (15) días calendario.